Vinculos al
Inscripcion en el Registro Nacional de Obras y su Trazabilidad
El Decreto 481/09 dispone la inscripción obligatoria de todas aquellas obras de construcción cuya ejecución supere las treinta jornadas de trabajo en el Registro Nacional de Obras de Construcción y su Trazabilidad.
Constancia de inscripción provisoria ante el MTSS
Seguridad e Higiene En la Construcción
Decreto 125/014. Desde el 18 de agosto de 2014 rige un nuevo decreto para la prevención de riesgos en la industria de la construcción, que es el N.º 125/14.
El Decreto en su conjunto constituye una guía para la planificación de la seguridad integrada al proceso de la obra y en consecuencia para el cuidado de la salud de todos los trabajadores. Permite al empleador, mediante su adecuado cumplimiento, desarrollar el emprendimiento con normalidad y orienta al Servicio de Seguridad y Salud y al delegado de Seguridad de la obra.
De acuerdo al mencionado decreto, «toda empresa que ejecute obras de construcción o realice etapas de las mismas y ocupe 5 o más trabajadores, o que ejecute obras o trabajos a más de 5 metros de altura y/o excavaciones con una profundidad mayor a 1,50 metros, deberá contar con Servicios de Seguridad en el Trabajo